Viajar en autocaravana por España es una experiencia increíble, pero es importante conocer la normativa vigente para evitar sorpresas desagradables. Aquí te resumimos todo lo que necesitas saber en 2025.
Documentación necesaria
- Carnet de conducir B: Suficiente si la MMA no supera 3.500 kg
- Permiso de circulación del vehículo
- ITV en vigor
- Seguro obligatorio (incluido en nuestro alquiler)
- DNI o Pasaporte de todos los ocupantes
Límites de velocidad
| Vía | Velocidad máxima | |-----|-----------------| | Autopistas y autovías | 100 km/h | | Carreteras convencionales | 80 km/h | | Travesías urbanas | 50 km/h | | Zonas residenciales | 30 km/h |
Dimensiones y peso
Nuestra autocaravana tiene las siguientes dimensiones que debes tener en cuenta:
- Altura: 3,10 metros - ¡Cuidado con puentes y parkings!
- Longitud: 7,40 metros
- Anchura: 2,35 metros
- MMA: 3.500 kg (conducible con carnet B)
Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)
Muchas ciudades españolas han implementado ZBE. Nuestra autocaravana cumple con la normativa y tiene etiqueta C, por lo que puede circular por todas las ZBE actualmente activas.
Cinturones y plazas homologadas
Durante la circulación, todos los ocupantes deben ir sentados en plazas homologadas con cinturón de seguridad. Está prohibido viajar en la zona de habitáculo mientras el vehículo está en movimiento.
Importante: La autocaravana tiene 5 plazas homologadas para circular. Solo pueden viajar 5 personas durante el trayecto, aunque para pernoctar puede alojar hasta 6.
Peajes y viñetas
En España los peajes se pagan según el tipo de vehículo. Las autocaravanas suelen clasificarse como vehículos tipo 2 o 3 dependiendo de la altura y número de ejes.
